**El Consejo de Estado ratifica la nulidad de la elección de alcalde de Bucarama

**El Consejo de Estado ratifica la nulidad de la elección de alcalde de Bucaramanga por doble militancia** La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó, en sentencia del 21 de agosto del 2025, la decisión del Tribunal Administrativo de Santander de declarar la nulidad de la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga para el periodo 2024-2027, por incurrir en doble militancia. **La prohibición de doble militancia incumplida** La Sala Electoral encontró que Beltrán Martínez violó la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo, al respaldar candidatos de otras agrupaciones políticas para el Concejo de Bucaramanga, a pesar de haber sido avalado por una colectividad que presentó postulantes para el mismo cargo. **Elementos probados de la violación** Se demostraron los elementos subjetivo, modal, objetivo, temporal y territorial de la prohibición establecida en el numeral 8 del artículo 275 del CPACA como causa de nulidad electoral. La Sala determinó que los argumentos presentados en contra de la decisión inicial carecían de mérito. **Reparos sin fundamento** Los cuestionamientos de los apelantes no prosperaron. Se constató que el partido Colombia Justa Libres había inscrito candidatos al Concejo de Bucaramanga 2024-2027, las pruebas utilizadas mantuvieron su validez y los actos de apoyo atribuidos a Beltrán Martínez fueron corroborados. **Validación de las pruebas** Las pruebas audiovisuales que sustentaron la decisión de nulidad fueron grabadas durante la campaña electoral, y se determinó que la prohibición de doble militancia en la modalidad de apoyo es acorde con la legislación vigente y no vulnera los derechos humanos ni los principios democráticos. En resumen, el Consejo de Estado reafirmó la nulidad de la elección de Jaime Andrés Beltrán Martínez como alcalde de Bucaramanga, demostrando el compromiso con el cumplimiento de las normas electorales y la transparencia en los procesos democráticos.

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